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Justificación de los gastos

CONSULTAS PROGRAMA INFORMA DE LA AGENCIA TRIBUTARIA
Exposición
GESTIÓN DEL IMPUESTO

Nº 137632-Justificación de los gastos

Pregunta
¿Cuál sería la justificación documental de un gasto a los efectos del Impuesto sobre Sociedades?
Contestación
En todo caso, se deberá acreditar la realidad de la operación que los origine por cualquier medio de prueba generalmente admitido en derecho, puesto que únicamente tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles a efectos del Impuesto, aquellos gastos contables que correspondan a operaciones reales, estén correlacionados con la obtención de ingresos, estén debidamente contabilizados, hayan sido imputados temporalmente con arreglo a devengo y estén debidamente justificados con arreglo a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley General Tributaria, correspondiendo a los órganos de la Administración tributaria en materia de comprobación, la valoración de las pruebas referentes a cada operación.
Normativa
Art. 10 Ley 27 / 2014. Consulta Vinculante D.G.T. V 1623 – 15 , de 26-05.
Impuesto implicado
SOCIEDADES (LEY 27/2014)
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