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Contrato discrecional extraordinario de retribución en especie mediante entrega de acciones

CONSULTA VINCULANTE
Exposición
Contrato discrecional extraordinario de retribución en especie mediante entrega de acciones
Pregunta
En abril 2012, la sociedad suscribió con unos trabajadores un anexo al contrato laboral en el que se pactó, para estimular su participación y compromiso, la posibilidad de acordar de forma puntual y extraordinaria, como premio a la trayectoria de los mismos, que obtuvieran una participación en los beneficios de la compañía, percibiendo un número de acciones de ésta en proporción a los beneficios que obtuviera la misma durante un único plazo de cuatro ejercicios económicos a partir de 2012.

En 2014 sí se obtuvo un beneficio superior al estipulado, por lo que se va a retribuir al trabajador mediante la entrega de acciones, al valor estipulado, en el mes de julio de 2015.  ¿Resulta aplicable la reducción del 30% prevista en el artículo 18.2 de la Ley 35/2006?

Contestación
En el caso consultado, no se aprecia, respecto a los rendimientos que se obtendrían derivados de la entrega de acciones al trabajador, la existencia de un período de generación superior a dos años, por cuanto, aunque tal retribución esté pactada en el contrato desde el año 2012, no retribuye un período superior a dos años; el derecho a la percepción del rendimiento se condiciona al hecho de que el beneficio anual de la compañía, en cada uno de los cierres de los ejercicios económicos 2012 a 2015, supere determinada cuantía, en cuyo caso al trabajador se le hace efectiva la retribución en el mes de julio del año siguiente.

 

En consecuencia, en el presente caso no resultará aplicable la reducción del 30 % prevista en el artículo 18.2 de la LIRPF.

Normativa
V2317-15 DE 23/07/2015
Impuesto implicado
IRPF (Ley 35/2006)
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