Discriminación por razón de la residencia

Discriminación por razón de la residencia

Es práctica habitual en este Estado de Estados que tenemos que las comunidades autónomas seguramente sin quererlo y obedeciendo a parámetros de una justicia social con muy pocas vistas que en sus regulación se produzcan seguramente de forma involuntaria importantes discriminaciones como es el caso que nos ocupa .
Discriminación en base a que pretenden vía impositiva regular determinadas conductas.
La comunidad Económica Europea ha denunciado en múltiples ocasiones el Funcionamiento Anormal de los servicios públicos derivados de la aplicación de una ley ya expulsada del ordenamiento jurídico por ser contraria a la legislación comunitaria .
Esta discriminación por motivo de la residencia .afecta a los principios comunitarios de libre circulación de personas y capitales.
Con lo cual a la hora de no aplicar bonificaciones en el Impuesto sobre sucesiones o donaciones (que son los impuestos más cedidos a las Comunidades autónomas ) tenemos que tener siempre presente este precepto de no discriminación por motivos de residencia .
En la sentencia que comentamos la del STA del Juzgado de Valencia 26/05/2016 va un poco más allá estableciéndose indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de la discriminación sufrida en una liquidación del ISD.

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