Opciones de compra de acciones de la compañía estadounidense

Opciones de compra de acciones de la compañía estadounidense

CONCULTA VINVULANTE
Exposición
opciones de compra de acciones de la compañía estadounidense
Pregunta
 

La matriz norteamericana del Grupo, mediante un programa de remuneración, concede anualmente a determinados empleados y directivos del Grupo opciones de compra de acciones de la compañía estadounidense a un determinado valor. Dichas opciones son intransmisibles inter vivos y sólo pueden ejercitarse transcurrido un plazo de más de 2 años desde su concesión. Entre los beneficiarios de dicho programa de remuneración, se encuentran algunos empleados de la sociedad española consultante.

 

Teniendo en cuenta las modificaciones introducidas en la Ley del IRPF por la Ley 26/2014, si es posible aplicar la reducción del 30 % regulada en el artículo 18.2 de la Ley del IRPF sobre los rendimientos del trabajo que se deriven del ejercicio, por parte de los empleados de la consultante, de las opciones sobre acciones concedidas a los mismos con anterioridad a 1 de enero de 2015 por la matriz estadounidense.

 

Contestación
El apartado 4 de la DT vigésima quinta de la LIRPF, en su redacción en vigor desde 1 de enero de 2015, no resulta de aplicación dado que las opciones concedidas con anterioridad a 1 de enero de 2015 lo fueron con carácter anual.

 

No obstante, la reducción del 30 % sí resultará aplicable a los rendimientos derivados del ejercicio de las opciones concedidas, anualmente y antes del 1 de enero de 2015, a los empleados de la consultante, en los términos establecidos en el artículo 18.2 de la LIRPF, al tratarse de rendimientos con un período de generación superior a 2 años siempre que, en el plazo de los cinco períodos impositivos anteriores a aquél en el que resulten exigibles, el contribuyente no hubiera obtenido otros rendimientos con período de generación superior a dos años a los que hubiera aplicado la reducción. La cuantía del rendimiento íntegro sobre la que se aplicará la citada reducción no podrá superar el importe de 300.000 euros anuales.

Normativa
V3365-15 DE 02/11/2015
Impuesto implicado
IRPF (Ley 35/2006)
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